Entra en vigor el DeCA: Documento Electrónico de Control Administrativo

Hoy, 5 de octubre de 2026, el documento de control administrativo del transporte público de mercancías por carretera pasa a ser obligatoriamente electrónico (DeCA). En AMBECO llevamos meses preparándonos para este cambio y queremos explicar a nuestros clientes qué supone y cómo les afecta.

¿Qué supone la aplicación del DeCA?

El documento de control administrativo, que acompaña a cada envío en los transportes interiores de mercancías, deja de poder emitirse en papel y pasa a ser el Documento Electrónico de Control Administrativo (DeCA). Así lo establece la Disposición Transitoria Octava de la Ley 9/2025, de 3 de diciembre, de Movilidad Sostenible, y sus requisitos técnicos se recogen en la Resolución de 5 de junio de 2026 de la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril (BOE núm. 143, de 12 de junio de 2026).

Entre los principales requisitos del DeCA:

  • Fichero PDF nativo digital (no escaneado) de 5 MB como máximo.
  • Código QR que enlaza a una URL única desde la que la inspección puede descargar el documento directamente, sin usuario ni contraseña y mediante conexión segura HTTPS (TLS 1.2 o superior).
  • Conservación mínima de un año por parte del cargador contractual y del transportista efectivo.
  • El conductor debe llevar, antes de iniciar el servicio, una copia digital o impresa con el QR visible.

¿Afecta a los transportes de AMBECO?

No. El DeCA es obligatorio únicamente para el transporte público de mercancías por carretera. La propia normativa excluye expresamente el transporte privado complementario y los transportes internacionales.

Los transportes que realiza AMBECO con medios propios son transportes privados complementarios de nuestra actividad de gestión de residuos, por lo que no están sujetos a la obligación del DeCA. Nuestros clientes no tienen que hacer nada distinto en los servicios de recogida que realizamos con nuestros vehículos.

Esto no cambia las obligaciones propias del traslado de residuos: cada traslado sigue amparado por su documentación específica (documento de identificación, notificaciones previas cuando procede, etc.), que continuamos gestionando como hasta ahora.

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